GAB.PREV.SALUD LABORAL / CORONAVIRUS / EPIS / EVRL

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

23 de marzo de 2020
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Orden EXCMA.SRA. CONSEJERA PRESIDENCIA AA.PP. PROTOCOLO/ SPRL/FRENTE AL COVID-19

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID.

El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo, de fecha 15 de marzo de 2020, aprobó las medidas organizativas en materia de función de los empleados públicos de la CAM (BOME extraord. nº 4, de la misma fecha), como consecuencia del precitado estado de alarma derivado de la situación y evolución del Coronavirus (COVID-19).

Consecuencia del mandato del Consejo de gobierno, fue la Orden de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, núm. 1267, de fecha 17 de marzo de 2020, relativa a medidas organizativas en materia de función pública de los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME número 5740, de 20 de marzo de 2020),

Posteriormente, el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, estableció la regulación de un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 (BOE núm. 87, de 29 de marzo de 2020

Ello obligó a la Administración de la Ciudad a revisar la Orden de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, núm. 1267, de fecha 17 de marzo de 2020, relativa a medidas organizativas en materia de función pública de los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, y a dictar una nueva Resolución para mantener los servicios públicos esenciales, atendiendo a los criterios establecidos, en el señalado RDL 5/2015, a través de la Orden número 2020001320 de fecha 30/03/2020.

Finalmente conforme a la instrucción de fecha 30 de marzo del año en curso evacuada por los Ministerios de Sanidad, Trabajo, INSST, etc. la CAM estableció el PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS CoV2 , indicando que: El servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales serán los encargados de establecer los mecanismos para la investigación y seguimiento de los contactos estrechos en el ámbito de sus competencias, de forma coordinada con las autoridades de salud pública, para ello la autoridad la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA/ CONSEJERIA DE PRESIDENCIA AAPP/GAB.PREV.SALUD LABORAL, confeccionó el siguiente protocolo de actuación, que se subió a la página web. De la Ciudad Autónoma, en los siguientes términos:

"Desde la Consejería de Presidencia AA.PP/ Gabinete de Prevención Salud Laboral se han elaborado protocolos, guía de buenas prácticas para hacer frente al riesgo de infectarse por el Corona Virus " SARS-COV-2", normas de desinfectación, fichas de cómo proceder en las salidas y entradas de las viviendas, para acudir al trabajo, lavado de ropa y otras." Ver página web.cam.- ww.melilla.es./ noticias de interés/Gab.Prev.Salud Laboral-Acciones Coronavirus.

1.- Escenario uno: Se debe contactar con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, especialidad vigilancia de la Salud, SPA concertado cuando noten sintomatología que piensen pueda estar relacionada con el virus "SARS-COV-2",, contactando prioritariamente por correo electrónico con el personal sanitario: Médico y DUE, para hacerles las preguntas y dudas que precisen.

LO QUE SE PRETENDE ES QUE SE DISPONGA DE LA MAYOR INFORMACIÓN ESPECIALIZADA POSIBLE, PARA LOS CASOS QUE PRESENTEN SINTOMATOLOGÍA. NO PARA EL RESTO CON OBJETO NO COLAPSAR.

Para ser atendido enviar un mail a las siguientes cuentas de correos, indicando DNI., Nombre y Apellidos, y fecha de nacimiento, así como puesto de Trabajo y Centro.

monica_velez@quironprevencion.com o wesam.musaayesh@quironprevencion.com

Y con copia al correo del servicio de prevención ralarc01@melilla.es, para certificar que son emplea@s públic@s o trabajador@s de la CAM.

El sprl/spa/Vigilancia salud emitirá informe, en su caso, con traslado al emplead@ público/a para que pueda solicitar baja laboral, a través del buzón del centro de salud que le corresponda, y Atención Primaria, si procediere le remitirá la baja correspondiente, para evitar desplazamientos y contagios.

Debiendo reenviarla a la D.Gral. Función Pública, para su seguimiento. mail: emingo01@melilla.es Se adjunta los mail de contacto con INGESA

2.- Escenario 2.- No les es de aplicación este apartado, a los/as empleados/as públicos/as, que se encuentren trabajando en la modalidad de teletrabajo, ni tampoco a los que no tengan carácter esencial, que por Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo tienen la consideración de vacaciones retribuidas recuperables.

A) DETERMINACION TRABAJADORES SENSIBLES (VULNERABLES) AL "SARS COV-2" SEGÚN CRITERIOS MINISTERIO DE SANIDAD: Los empleados públicos de la CAM, contactan con el SPRL/SERVICIO MÉDICO spa concertado, a través de los mail indicados anteriormente:

monica_velez@quironprevencion.com o wesam.musaayesh@quironprevencion.com

Con copia también al mail: ralarc01@melilla.es para su validación como personal de la CAM, sin la documentación aneja adjuntada al área médica.

B)Se considera Personal sensible: En base a la evidencia científica disponible a fecha 23 de marzo de 2020, el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad hepática crónica, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad renal crónica, inmunodeficiencia en fase de tratamiento activo, embarazo mayores de 60 años.

C) En el caso de que la actividad a desarrollar, no pueda ser ejercida en la modalidad de teletrabajo, ni susceptible de adaptarla a otra con baja probabilidad de contagio, y siempre que sea personal adscrito a un puesto esencial, una vez acreditado por (Gab.Prev.Salud Laboral de la CAM), tal circunstancia, el srpl/vigilancia de la salud, emitirá un informe, con traslado al empleado/a público/a y al Jefe Serv.prl, para que pueda solicitar la baja laboral a través del buzón de correos, del centro de Salud que le corresponda, para evitar desplazamientos y contagios, Y una vez concedida y recibida por el empleado/a público/a, lo reenviará al mail: emingo01@melilla.es para su seguimiento.

3.- En el caso no disponer de Internet, se puede contactar a través de los Tfnos 952694127 / 603791137 / TLF: 687976178 el horario de 8,00 a 14,00 lunes a viernes, además también se dispondrá de Tfnos. de atención e información tal como se indica en el documento "Guía de Actuación Preventiva ante el "SARS-COV-2",, insertado en la página web. Indicada, y otras páginas web de interés.

4.- RELACION DE CORREOS BUZÓN DE CONTACTO CENTROS DE SALUD.


5.- COORDINACIÓN EMPRESARIAL.

Conforme al art. 24 de la LPRL 31/95, RD 171/2004, y normas que lo desarrollan en la CAM, y por cláusula contractual, es de obligado cumplimiento realizar la preceptiva coordinación empresarial, en los términos establecidos en la normativa, y para el caso de esta pandemia, nombrarán un responsable en materia preventiva, que se pondrá en contacto con el Jefe Servicio prl de la CAM. D. Rafael Alarcón Castillo mail: ralarc01@melilla.es, con el fin establecer dicha coordinación.

1.- Escenario uno: Ver Pto.1 anterior, sobre contactos estrechos, contagios, etc. Contactar con el servicio prl/área medica que tengan las empresas colaboradoras, y actuar conforme a su protocolo, y resto de comunicaciones a las autoridades sanitarias. Dando traslado de los datos no médicos, al correo del Jefe servicio de prevención Ciudad Autónoma Melilla citado, indicando personas afectadas de sus empresas, personal de la CAM, que haya interactuado con ellos, para certificar que pertenecen a empresa colaboradoras de la CAM y conforme al protocolo interno, lo pondrá en conocimiento del área sanitaria del SPRL/CAM, para la investigación pertinente y al área de Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, Y todo ello atendiendo al especial estado de alarma, y la necesidad de actuar con rapidez, tratando con la mayor confidencialidad los datos sensibles.

2.- Escenario dos: Actuarán conforme a sus protocolos internos, de determinación personal sensible, etc.

En virtud de lo anterior, siendo competente la Consejería de Presidencia y Administración Pública, en materia de Función Pública de la CAM, según lo establecido en el apartado 2.2.5 del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de diciembre de 2019 (BOME extraord. núm. 43, de 19 de diciembre de 2019), y de conformidad con el apartado 2º del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 15 de marzo de 2020, y a la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 11484/2020 , en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

                                   VENGO EN DISPONER

La aprobación del Protocolo de actuación para la determinación del personal sensible, normas para seguimiento de contagios, contactos estrechos, para el personal propio de la Ciudad Autónoma, e interlocutores válidos entre la CAM/CPAAP/Gab-Prev..Salud Laboral, y las empresas colaboradoras.

                          La Consejera de Presidencia y AA.PP.
                                    Fdo: Gloria Rojas Ruiz

La Disposición que antecede, firmada electrónicamente por la Autoridad competente e identificada con el Código de Verificación Seguro que consta, pasa a formar parte del Libro de Resoluciones No Colegiadas correspondiente, quedando registrada al Núm 2020001355                                

                                       Lo que Certifico.
                           La Secretaria Técnica Presidencia AAPP.
                                      Fdo: Pilar Cabo León

Fecha de actualización: 5 de Marzo de 2024

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