Concesión de subvención directa a la Asociación Happy Pets de Melilla
 
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Orden nº 3920, de fecha 4 de diciembre de 2024, relativa a concesión de subvención directa a la Asociación Happy Pets de Melilla.

La titular de la Consejería, mediante Orden/Resolución de 04/12/2024, registrada al número 2024003920, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

I.- Con fecha 8 de noviembre de 2024, tiene entrada oficio de la Asociación HAPPY PETS de Melilla Reg. Entrada núm. 2024097081 en el que solicita la concesión de una subvención para ser destinada a sufragar los gastos del mantenimiento de los gatos y los tratamientos veterinarios atendidos en las colonias felinas que gestionan.

II.- Con fecha 20 de noviembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 51.3 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la CAM, se emite Informe favorable del Secretario Técnico de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública.

III.- Por la Dirección General de Salud Pública se han emitido con fecha 14 y 15 de noviembre de 2024 Informes Favorables a la concesión de la citada subvención por existir motivos de interés público y social por cuanto no solo implementan el bienestar animal, sino que además, garantizan la salud pública debido a la labor de prevención, en cuanto a combatir la proliferación de enfermedades que, en muchos casos son contagiosas para los humanos, e incluso pueden llegar a ser mortales, como la rabia.

IV.-Se ha comprobado con carácter previo a la concesión de la subvención, y consta en el expediente que el solicitante se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y certificado de no deudas de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a la Ciudad Autónoma

V.- El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2023 (BOME de 31 de julio) relativo a la distribución de competencias entre las distintas Consejerías, atribuye en su apartado 8.2.1 competencias de carácter general, además de las señaladas para los titulares de las Consejerías, las dispuestas en el artículo 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, así , en el apartado b) les confieren en general, el desarrollo de programas y la concesión y gestión de subvenciones en materias propias de la Consejería.

VII.- De conformidad con lo establecido en el artículo 19.3 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 9 de septiembre de 2005), podrán concederse de forma directa y sin necesidad de convocatoria pública, las subvenciones con carácter excepcional establecidas en el apartado 3, en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras, debidamente justificadas, que dificulten su convocatoria.

VIII.- El art. 65. 3 del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que recoge posteriormente en ese apartado que:

"La resolución o, en su caso, el convenio deberá incluir los siguientes extremos:

a) Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.

b) Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su caso, para cada beneficiario si fuesen varios.

c) Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

d) Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.

e) Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos".

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 36602/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- La emisión de Orden de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública para la financiación de la subvención solicitada por HAPPY PETS de Melilla, titular del CIF núm. G72887516, y domicilio social en la Avda. Marina Española 6 de Melilla, por importe de 17.900 €, para destinarlo a sufragar gastos de alimentación, así como a la adquisición de dispositivos para los gatos callejeros y gastos veterinarios puntuales realizados durante el año 2024.

2º.- El crédito presupuestario al que se imputa el gasto es la Aplicación Presupuestaria núm. 05/31106/48000 RC SUBVENCIONES nº 12024000078231 de 5 de noviembre de 2024 en por importe de 17.900 €.

3º.- La presente subvención se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe. núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005) y las Bases de Ejecución vigentes, y es compatible con otra que se perciba para sufragar la misma actuación siempre y cuando no supere el importe real de la misma.

4º.- El abono se realizará mediante Orden de Pago una vez que se hayan presentado los documentos justificativos de las actividades y gastos ejecutados, y se efectuará mediante transferencia bancaria.

5º.- El plazo máximo para la justificación será el 31 de enero de 2025 aportando la documentación original que justifique los gastos sufragados

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

Melilla, a 19 de diciembre de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez



Fecha de publicación:
24/12/2024

Medio de publicación:
BOME núm. 6.237, de 24 de diciembre de 2024

Fecha de actualización: 26 de Diciembre de 2024

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