Desde este centro directivo se vienen apreciando dudas en cuanto a la aplicación del IPSI en las facturaciones de los Paquetes Turísticos subvencionados por la Ciudad por parte de la actividad de intermediación de las agencias de viajes, entidades colaboradoras a los efectos previstos en los artículos 15 y 16 de la Ley General de Subvenciones, y artículo 7º del Decreto 1043 antes citado, no siendo uniformes los criterios de las agencias y de la propia Entidad Gestora, Patronato de turismo. Asimismo, la convocatoria ordinaria 2024 ha establecido ciertas novedades, que se explican en la exposición de motivos, en orden a mejorar la aplicación práctica del régimen de ayudas, siendo oportuno recordarlas en esta Circular.
En su consecuencia, y a los efectos de establecer un criterio uniforme en la recientemente publicada Orden Nº 1281, de fecha 3 junio de 2024 (en adelante la orden), relativa a la Convocatoria ordinaria de subvenciones para la bonificación de paquetes turísticos con destino Melilla año 2024, publicada en el BOME Nº 6182 de fecha 14 de junio de 2024, esta Dirección General, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del citado Decreto núm. 1043 de 23 de agosto de 2021 sobre sus funciones de control de las ayudas, y artículo 72.3 del Reglamento del Gobierno y de la Administración, ACUERDA la siguiente CIRCULAR
Fecha de actualización: 23 de Agosto de 2024
Ciudad Autónoma de Melilla
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