Interpretación del artículo 16 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la reinserción de jóvenes desempleados en el sistema educativo
 
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Las entidades subvencionadas habrán de justificar documentalmente la totalidad de los gastos elegibles mediante la presentación de Originales y Copias para su compulsa, por el personal de PROYECTO MELILLA, S.A., de nóminas, seguros sociales, facturas debidamente expedidas conforme al Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, así como justificantes de los correspondientes pagos. No obstante, para curso cuya ayuda concedida no supere los 50.000,00 euros, la justificación se realizará mediante costes simplificados conforme al artículo 67 del Reglamento (UE) 1303/2013 y el artículo 14 del Reglamento (UE) 1304/2013. Estas opciones serán fijadas, en todo caso, en las correspondientes convocatorias [...]



Fecha de publicación:
24/10/2017

Medio de publicación:
BOME núm. 5.489, de 24 de octubre de 2017

Fecha de actualización: 24 de Octubre de 2017

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