Es una figura administrativa que surge cuando los tutores de un menor pierden su guarda por la imposibilidad, incumplimiento o inadecuado ejercicio de los deberes de protección sobre el menor establecidos por la ley para la guarda de éstos.
Cualquier persona física o jurídica (asociación, colegio, policía...).
A los Centros de Servicios Sociales de la ciudad, Policía, Ministerio Fiscal, o a la Dirección General del Menor y la Familia. Desde el momento de la notificación del caso se iniciará un protocolo de actuación para estudiar el caso y tomar las medidas que se consideren oportunas.
Fecha de actualización: 28 de Marzo de 2025
Ciudad Autónoma de Melilla
Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member