Acogimiento Residencial
 
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¿Qué es el Acogimiento?

  • Es una medida de protección que se adopta cuando el menor se encuentra en situación de desamparo, posibilitando que pueda convivir en un entorno que se adapte a sus necesidades.
  • Tiene como objetivo ofrecer una alternativa de convivencia para un mejor desarrollo integral.
  • El acogimiento residencial se establece por resolución administrativa o por resolución judicial.

¿Qué es el Desamparo?

Es una figura administrativa que surge cuando los tutores de un menor pierden su guarda por la imposibilidad, incumplimiento o inadecuado ejercicio de los deberes de protección sobre el menor establecidos por la ley para la guarda de éstos.

¿Quién puede detectar un caso de desamparo?

Cualquier persona física o jurídica (asociación, colegio, policía...).

¿Dónde puede dirigirse?

A los Centros de Servicios Sociales de la ciudad, Policía, Ministerio Fiscal, o a la Dirección General del Menor y la Familia. Desde el momento de la notificación del caso se iniciará un protocolo de actuación para estudiar el caso y tomar las medidas que se consideren oportunas.

Fecha de actualización: 28 de Marzo de 2025

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