Se consideran actividades turísticas-informativas privadas aquellas ejercidas por los profesionales debidamente habilitados, que tenga por objeto la prestación, de manera habitual y remunerada de servicios de acompañamiento e información en materia cultural, monumental, artística, histórica y geográfica a los visitantes en sus visitas a museos y a los bienes integrantes del patrimonio histórico español en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como asistencia a los mismos en sus diversas actividades, mientras dure su relación contractual. El ejercicio de dichas actividades estará atribuido exclusivamente a los Guías-Intérpretes de Turismo. Al realizar viajes colectivos para visitas de interés cultural, monumental, artístico, histórico o geográfico, si deciden contratar servicios de guías, las empresas de servicios turísticos registrados deberán contratar el servicio de un Guía-Intérprete de Turismo debidamente acreditado para cada unidad de transporte y por el tiempo de duración del viaje.