Tasa por el Servicio de Matadero
Constituye el hecho imponible de éste tributo la prestación por la Ciudad Autónoma de Melilla de los servicios de matadero.
Se puede efectuar el pago durante el periodo voluntario de pago establecido anualmente (sin recargo) en:
El pago de los recibos en periodo ejecutivo de apremio se deberán abonar en la Oficina de Recaudación y Gestión Tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla (De Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas).
Los medios de pago que el contribuyente puede utilizar son los siguientes:
Fecha de actualización: 24 de Marzo de 2025
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