De carácter general: Las establecidas en el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y de la Administración, así como las siguientes.
a) La dirección y gestión de todas las Entidades, Organismos Públicos adscritos a la Consejería.
b) En general, el desarrollo de programas y la concesión y gestión de subvenciones en materias propias de la Consejería.
c) Propuestas a la Excma. Asamblea o al Consejo de Gobierno de programas a concertar con otras Administraciones Públicas o privadas que excedan de la competencia de la Consejería.
En materia de la Sociedad de la Información:
a) Área de Informática y Multimedia.
b) La Administración y gestión de los Sistemas Informáticos Centrales.
c) Control del correcto funcionamiento de los Sistemas Informáticos de la Ciudad Autónoma.
d) Control del empleo de las herramientas de tecnologías de información empleadas en la Ciudad Autónoma.
Área de Sistemas de Información:
Área de Telecomunicaciones:
Área de radiodifusión y Televisión:
Área de Reprografía y diseño gráfico:
Área de gestión de ayudas:
Área de Boletín Oficial de la Ciudad:
La gestión y edición del diario oficial en el que se publican las disposiciones de carácter general, reglamentos, ordenanzas, acuerdos, actos, edictos, notificaciones, anuncios y demás resoluciones de los órganos de la Ciudad Autónoma, así como de otras Administraciones Públicas y de la Administración de Justicia, cuando así esté previsto en disposición legal o reglamentaria.
Fecha de actualización: 8 de Noviembre de 2023
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