La tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos requerirá la previa obtención de una licencia administrativa que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante o por el Ayuntamiento en el que se realiza la actividad de comercio o adiestramiento, una vez verificado el cumplimiento de al menos, los siguientes requisitos:
El cumplimiento de los requisitos establecidos en los párrafos 2 y 3 se acreditarán mediante los certificados negativos expedidos por los registros correspondientes.
La capacidad física y la aptitud psicológica se acreditarán mediante los certificados obtenidos de conformidad con lo recogido en los artículo 4, 5 y 6 del RD 287/2002.
El titular de la licencia tiene la obligación de solicitar la inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que haya obtenido la correspondiente licencia de la Administración competente.
Deberá comunicarse al Registro Municipal la venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal haciéndose constar en su correspondiente hoja registral.
Fecha de actualización: 9 de Junio de 2020
Ciudad Autónoma de Melilla
Twitter
Facebook
Instagram
Canal de WhatsApp
Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member