Información General
 
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Por decreto del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, de fecha 30 de septiembre de 2016, se aprueba la atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad, publicado en el BOME Extraordinario núm. 17 de 30 de septiembre de 2016, correspondiendo a la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente las siguientes competencias:

COORDINACIÓN:

  • Apoyo al Presidente de la Ciudad en la coordinación de la gestión del Gobierno.
  • Además el titular de la Consejería coordinará todas las áreas técnicas de la Ciudad.

MEDIO AMBIENTE.

EN MATERIA DE AGUAS:

  • Aguas Potables:
    • Gestión.
    • Mantenimiento de la Red.
    • Captaciones e instalaciones, mejoras.
    • Proyectos, construcción y explotación de aprovechamientos hidráulicos.
  • Aguas Residuales:
    • Gestión.
    • Mantenimiento de la red de colectores.
    • Estación depuradora de aguas residuales.
    • Proyectos y obras.

EN MATERIA DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE:

  • Vertidos.
  • Contaminación Atmosférica.
  • Residuos Tóxicos y Peligrosos.
  • Conservación y mantenimiento de Parques, Jardines y zonas Verdes.
  • Proyectos y obras nuevas zonas ajardinadas.
  • Tramitación de expedientes e imposición de sanciones en esta materia.
  • Evaluación Impacto Ambiental.
  • Investigaciones biodiversidad y medio natural.
  • Autorizaciones Medioambientales.
  • Vigilancia y Control.
  • Reglamentos Medio Ambiente.
  • Campañas de desinsectación y desratización.
  • Conservación y Protección del Medio Ambiente Natural.
  • Sistemas Comunitarios de Gestión y Auditorias Medioambientales (EMAS).
  • Etiqueta Ecológica de la Unión Europea.

EN MATERIA DE COSTAS:

  • Ordenación, limpieza y equipamiento de playas.
  • Autorizaciones de carácter municipal.
  • Acuicultura y marisqueo.
  • Concesiones y autorizaciones de actividades pesqueras recreativas.
  • Vertidos.

EN MATERIA DE RESIDUOS:

  • Recogida.
  • Tratamiento y eliminación.
  • Plantas de valorización.
  • Gestión y control administrativo.
  • Control de vertederos.

EN MATERIA DE VÍAS PÚBLICAS:

  • Autorización de uso vía pública para instalación de plataformas, toldos y veladores.
  • Autorización para la instalación de quioscos desmontables.
  • Equipamientos y mobiliario urbano (salvo en lo que afecte a la regulación del tráfico viario en clazadas y aceras).
  • Limpieza viaria, gestión y control administrativo de la ocupación de aceras.
  • Autorización de accesos a garajes y establecimientos con ocupación de aceras.
  • Gestión del Plan de Movilidad.

EN MATERIA DE AGRICULTURA:

  • Producción vegetal.
  • Industrial agraria.
  • Semillas y plantas de viveros.
  • Investigaciones agrarias.
  • Sociedad agraria de transformación.
  • Proyecto de construcción de granjas, Escuelas y viveros de plantas.
  • Gestión y control técnico de las instalaciones.

EN MATERIA DE ESTABLECIMIENTOS Y OTRAS INSTALACIONES:

  • ESTABLECIMIENTOS:

  • Establecimientos inocuos:
    • Licencias de apertura.
    • Cambios de la titularidad.
    • Autorizaciones de traslado.
  • Establecimientos sometidos al RAMINP: propuestas al Consejo de Gobierno de:
    • Concesión de licencia de apertura.
    • Cambios de titularidad.
  • Establecimientos sometidos al reglamento de espectáculos y actividades recreativas: propuestas al Consejo de Gobierno de:
    • Concesión de licencias de apertura.
    • Cambios de titularidad.
    • Autorización de los espectáculos taurinos.
    • Los expedientes sancionadores relativos a esta materia se tramitarán y resolverán en la Consejería de Seguridad Ciudadana.
  • Comisión Técnica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • OTRAS INSTALACIONES:

  • Gestión y mantenimiento de Cementerios y Servicios Funerarios.
  • Gestión y mantenimiento de la Plaza de Toros.
  • Gestión y Mantenimiento del Almacén General.

EN MATERIA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA:

  • Instalaciones eléctricas y gas.
  • Inspecciones Técnicas de Vehículos.
  • Servicios desarrollados por el Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial.
  • Medio Ambiente Industrial (protección y control).
  • Instalaciones radioactivas de segundas y terceras categoría.
  • Inspecciones de instalaciones mecánicas.
  • Control y autorizaciones de instalaciones de producción y transporte de energía eléctrica.
  • Red de distribución de energía eléctrica municipal.
  • Proyectos y normas de instalaciones municipales.

EN MATERIA DE TALLERES Y VEHÍCULOS:

  • Gestión y control.
  • Parque Móvil de la Ciudad Autónoma.
  • Autorizaciones y revisión de autobuses urbanos y taxis.
  • Gestión y control de talleres municipales de carpintería, mecánica, pintura, albañilería y fontanería.

EN MATERIA DE PROYECTOS Y OBRAS:

  • Edificios cuyo destino principal sea uso industrial o medio ambiente.
  • Ornamentación urbana.

EN MATERIA DE TRASPORTE PÚBLICO DE VIAJEROS:

  • Las competencias previstas en la normativa para Entidades Locales, así como las reguladas en la Ley Orgánica 5/1987, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, incluso el fomento del transporte público de viajeros y los aspectos económicos de su ejercicio, incluida la revisión de tarifas.

REMESA

EN MATERIA DE TRANSPORTES TERRESTRES:

  • Las funciones atribuidas por el Estado mediante el traspaso de funciones y servicios que se contienen en el Real Decreto 1337/2006, de 21 de noviembre.

COORDINACIÓN CON LAS CONSEJERÍAS DE FOMENTO Y DE PRESIDENCIA EN LA GESTIÓN DE LICENCIAS DE EMISORAS DE RADIOS Y TELEVISIONES.

Fecha de actualización: 17 de Abril de 2017

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