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            La solicitud y renovación del Título de Familia Numerosa, así como la expedición del carne individual se gestionan en la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, sita en  C) Carlos Ramirez de Arellano número 10, planta baja.


Solicitud del Libro de Familias Numerosas

1. Impreso de solicitud firmado por uno de los padres.

2. Fotocopia del D.N.I./TR de los dos padres.

3. Libro de Familia original o en su defecto, partidas de nacimiento de los hijos y certificado de matrimonio.

4. Certificado de empadronamiento en la ciudad de Melilla.

5. 2 fotografías de todos los miembros del grupo familiar de tamaño 7 x 5 cm.

Renovación del Libro de Familias Numerosas

1. Impreso de renovación firmado por uno de los padres.

2. Libro de Familia original

3. Título de Familia Numerosa

4. Si hay variación en el nº de miembros de la familia, 2 fotografías de 7 x 5 cm. del nuevo grupo familiar.


Expedición del carne de familia numerosa

1.- Impreso de solicitud de expedición del carne.

2.-Fotocopia del libro de Familia Numerosa.

3.- Una foto de tamaño carne de los miembros de la unidad familiar.

4.- Fotocopia del D.N.I. de los solicitantes.

IMPORTANTE

Tanto para la solicitud como para la renovación, deberá adjuntar también:

1. En caso de minusvalía, fotocopia del certificado acreditativo de la condición de minusválido.

2. En caso de separación/divorcio, fotocopia sentencia y convenio regulador. Cuando el solicitante no ostente al guarda y custodia de los hijos, deberá aportar además autorización expresa del otro progenitor para que los hijos puedan ser inscritos en el Título.

3. Desde los 21 años hasta los 25, deberán justificar los estudios mediante certificado o matrícula oficial, acompañada del justificante de pago de la misma.

4. En caso de ser extranjeros cuyo país de origen no pertenezca a la UE o al Espacio Económico Europeo, fotocopia de los permisos de residencia en vigor de todos los miembros de la familia.

5. En caso de familias de cuatro hijos, cuando los ingresos anuales de los miembros que trabajen divididos por el número de miembros que no superen el 75 por ciento del IPREM vigente, deberán aportar Declaración de la Renta de todos los miembros y/o Certificado Declaración Negativa. 

Fecha de actualización: 26 de Febrero de 2014

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