Se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.
Se equiparan a familia numerosa, a los efectos de la Ley de Protección de las Familias Numerosas, las familias constituidas por:
Fecha de actualización: 14 de Marzo de 2025
Ciudad Autónoma de Melilla
Twitter
Facebook
Instagram
Canal de WhatsApp
Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member