Rectificación de error en anuncio publicado en BOME nº 6417, de fecha 25 de septiembre de 2026, referente a la tasa por la prestación del servicio de recogida de basura doméstica, correspondiente al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre de 2026. (BOME nº 6.418, de 29/09/2026).
El titular de la Consejería de Hacienda, mediante Orden de fecha 23/09/2026, registrada al número 2026003718, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha aprobado padrón o matrícula fiscal relativa a la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DOMÉSTICA, correspondiente al cuarto trimestre de 2026.
El titular de la Consejería de Hacienda, mediante Orden de fecha 23/09/2026, registrada al número 2026003719, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha aprobado padrón o matrícula fiscal relativa a la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DOMÉSTICA, correspondiente al tercer trimestre de 2026.
El titular de la Consejería de Hacienda, mediante Orden de fecha 23/09/2026, registrada al número 2026003720, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha aprobado padrón o matrícula fiscal relativa a la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DOMÉSTICA, correspondiente al segundo trimestre de 2026.
El titular de la Consejería de Hacienda, mediante Orden de fecha 23/09/2026, registrada al número 2026003721, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha aprobado padrón o matrícula fiscal relativa a la TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DOMÉSTICA, correspondiente al primer trimestre de 2026.
El período voluntario comienza con fecha 17 de Agosto de 2026 y finaliza el 18 de Diciembre de 2026, de conformidad con los plazos establecidos en el Calendario Fiscal de la Ciudad Autónoma de Melilla del ejercicio vigente.
DOMICILIE SUS RECIBOS Y OBTENDRÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 5%, EVITANDO COLAS DE ESPERA Y EL COBRO DE RECARGOS E INTERESES DE DEMORA.
Fecha de actualización: 29 de Septiembre de 2026
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