El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el 1 de septiembre de 2023, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2023000602:
El Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, ha introducido cambios en materia de fiestas locales laborales que regulaba el Real Decreto 2001/1983 de 28 de julio.
En consecuencia, se hace preciso que por esta Ciudad Autónoma (antes del día 30 de septiembre) mediante Acuerdo de su Órgano Institucional correspondiente, esto es, el Consejo de Gobierno, se pronuncie y remita a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Subdirección de Relaciones Laborales, la relación de fiestas tradicionales de la comunidad Autónoma, así como la opción prevista en el punto 3º del artículo 45 del antedicho Real Decreto.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Consejo de Gobierno, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, la adopción del siguiente ACUERDO:
Que el Calendario Laboral para el año 2024 quede conformado como se indica a continuación:
Las Fiestas por la que se efectúa la opción y tienen la consideración de locales son los días 10 de abril ( Eid El Fitr) y el 17 de Septiembre, Día de Melilla.
De otra parte y de conformidad con el artículo 45.3 del RD 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, se sustituye el día 19 de marzo San José, por el día 10 de abril (Fiesta del Eid Fitr), y el 9 de septiembre (lunes siguiente Día de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria (excelsa Patrona de la Ciudad) por el día 17 de junio (Fiesta del Sacrificio Aid Al Adha).
Fecha de actualización: 11 de Septiembre de 2023
Ciudad Autónoma de Melilla
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