Denuncia
Se considera denuncia el poner en conocimiento de la administración, una actuación o actividad que vulnere la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios, y que les afecte en su conjunto (por ejemplo la falta de publicidad de precios de los productos en un establecimiento nos afecta a todos).
Reclamación
Se considera reclamación, cuando el consumidor o usuario se sienta agraviado por una situación concreta que le afecta a él directamente. En este caso, el consumidor siempre solicita una solución (devolución del importe, reparación del objeto, etc.).
En los establecimientos que tienen obligación de disponer de Hojas de Reclamaciones (talleres de automóviles, talleres de electrodomésticos, cafeterías, bares, restaurantes, espectáculos públicos, actividades recreativas, recintos deportivos, tintorerías, hoteles, agencias de viaje, gasolineras), la reclamación se puede realizar directamente solicitando dicho documento.
Las hojas de reclamaciones deberán encontrarse anunciadas en los establecimientos mediante carteles colocados al efecto, en un sitio claramente visible al público (el Pdf del cartel de hojas de reclamaciones, se encuentra al final del texto).
En todo caso, la reclamación se puede interponer ante la Dirección General de Salud Pública y Consumo.
En caso de reclamación, es necesario aportar cuanta documentación se disponga (factura, garantía, etc,) siendo imprescindible en todo caso la factura de compra.
Tramitación: Nociones básicas, formato e instrucciones
Legitimación para reclamar en materia de consumo: ¿Quién puede reclamar como consumidor?
¿Cómo reclamar ?
¿Cómo formalizar la reclamación?
Fecha de actualización: 18 de Julio de 2024
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