SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN SU MODALIDAD BÁSICA

Se ha hecho pública una nota de prensa redactada por UGT.

10 de agosto de 2023
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Se ha hecho pública una nota de prensa redactada por UGT - Servicios Públicos, sobre recortes en los servicios de ayuda a domicilio que presta por delegación del IMSERSO, la Ciudad Autónoma de Melilla en su modalidad básica. Se establece una delegación de competencias en los supuestos de que se produzca una mejora del servicio por un plazo no inferior a 5 años a la Entidad Local en quién se delegue.

La Ciudad de Melilla ejerce la competencia del Servicio de Ayuda a Domicilio en su modalidad básica, es decir aquella que se ofrece a quienes no tienen reconocido oficialmente un grado de dependencia, pero presentan algún tipo de limitación de la autonomía personal determinando.

Como quiera que en las transferencias de asistencia social, realizadas por el Real Decreto 1385/1997, de 29 de agosto, por el que la Ciudad Autónoma asume las competencias en materia de asistencia social, no se disponía dela transferencia en materia de ejercicio de la dependencia o de la discapacidad, tal servicio se ha venido prestando previo acuerdo con la administración General del Estado al entenderse comprendido dentro del ámbito de los servicios sociales, más allá de la asistencia social, en sentido estricto.

De ahí que como quiera que se recoge en nuestra Estatuto de Autonomía de Melilla se disponga que el ejercicio de las competencias transferidas, entre las que se encuentra, la asistencia social y no estar comprendido el servicio de ayuda a domicilio en ella, requiera de un acto administrativo realizado por parte de la Administración competente para autorizar el ejercicio de su competencia.

Pues bien, en el mes de marzo de 2023, se solicitó al IMSERSO su parecer sobre si una vez agotada la anterior Resolución anterior el 10 de octubre de 2018, se iba a producir una nueva delegación de la misma, sin que a la fecha se hayan pronunciado, ni de forma afirmativa ni negativa.

Por ello, se dispuso, una vez que se agotaran las horas y se resolviera el contrato anterior, atendidas las circunstancias pandémicas y postpandémicas, a la licitación de un nuevo contrato, esta vez de no más de 100 días, atendiendo a que la competencia de la Ciudad, finalizaría el 10 de octubre de 2023, salvo manifestación expresa del IMSERSO en otro sentido.

Dicho contrato aumenta el número de horas mensuales del anterior inicial en más de 4.000 horas mensuales, con lo que carece de sentido hablar de recortes en la prestación.

Por otro lado, cuando se resolvió el contrato anterior, se dispuso su continuidad hasta el agotamiento de las horas y su prolongación en las mismas condiciones que se venía desarrollando y además se reforzó para circunstancias perentorias con un contrato menor de 780 horas para servicios de asistencia personal dentro del SAD.

La tardanza en la respuesta del IMSERSO, ha ocasionado pues que tengamos que hacer este contrato por 100 días, atendiendo a que no podemos excedernos en realizar actuaciones sobre las que la competencia recae sobre otra Administración. A pesar de ello, esta Administración ha tenido la prudencia de prolongar la prestación del servicio de ayuda a domicilio por un periodo de un mes aproximadamente, más allá del 10 de octubre, por si la Entidad competente se pronunciara en contra de la repetición de tal delegación, con la intención de que la transferencia de usuarios de una Administración a otra se hiciera con las debidas garantías y de forma paulatina, evitando siempre el perjuicio de los usuarios.

Este es un problema "heredado" del anterior gobierno y nuestra única intención es solucionarlo lo antes posible en las mejores condiciones para la empresa y los usuarios. Por ello, se mantuvieron reuniones con el sindicato que no han resultado para nada fructíferas ya que han vuelto a pronunciarse en contra de la administración sin darnos previo margen de actuación.

Para tranquilidad de los usuarios y de los familiares de estos, señalar que lo que se recoge en dicho comunicado se aparta de la realidad en los siguientes apartados:

  1. - No se han reducido los servicios que se prestan a los usuarios al estar aún en vigor el contrato administrativo que aunque se previó para un plazo de 4 años, se va a agotar en un plazo de aproximadamente quince días. Por lo tanto, a la primera aseveración de reducción de los servicios, debemos señalar su inexactitud.
  2. - En cuanto a las actuaciones que ha realizado esta Administración para que finalizado dicho contrato no se produjeran alteraciones de los servicios señalar que podemos dividirlas en tres:
  3. - Se ha solicitado la segunda modificación del contrato en cuestión por un importe de más de 400.000 €, que la empresa potestativamente no aceptó, por lo que hubo de iniciarse los trámites de resolución del contrato adjudicado
  4. - En la resolución que resuelve el contrato, esta Administración ha hecho uso de la potestad que le brinda la LCSP (art. 231.6) para dar continuidad al mismo en las mismas condiciones que se adjudicó.
  5. - Se ha hecho un contrato complementario de 780 h para el mes de agosto para cubrir aquellas actuaciones en materia personal (aseo y limpieza) a un importe de 20 €/hora para cubrir estas horas adicionales que se requieran
  6. - Esta en publicación hasta el día 16 de agosto un nuevo contrato por 100 días, que cubren con exceso el periodo de tiempo que resta para una nueva delegación del servicio, en su caso por parte del IMSERSO, que a fecha de hoy no se ha pronunciado al respecto, y por el cual esta Administración al tratarse de competencias impropias a las que se refiere el art. 7.4 de la Ley de Bases de Régimen Local, no puede prolongar su actuación sobre la materia sin que se le atribuya la competencia necesaria para ello.

Es y siempre será voluntad de esta Administración de cuidar de nuestros mayores, asumiendo los costes necesarios para dar el mejor servicio, por eso notas como la de UGT son muy poco afortunadas cuando no temerarias por los efectos de alarma injustificada que causan en la población más vulnerable.

A título informativo y como prueba de lo anterior, debemos señalar que en el nuevo servicio se han aumentado el número anual de horas de prestación que pueden llegar a 10.583 horas /mes en lugar de las 6.502 horas /mensuales del anterior contrato

Además, esta administración utilizando los medios que la Ley de Contratos le atribuye, siempre intenta dar un mejor trato a los empleados del servicio en atención al duro trabajo que realizan, por ello en el último contrato que está en proceso de licitación el coste hora asciende a 20€/ hora, lo que ha supuesto un incremento del precio hora de 4, 70 € /hora (23, 5% de incremento), justificándolo en las subidas mantenidas desde el 2019 hasta el 2023 del SMI y de la Sentencia del Tribunal Supremo que venía a reconocer una subida del 6,5 % a los trabajadores

Por ello es deseo de esta Administración trasladar un mensaje de absoluta calma a los usuarios y sus familias, con independencia de que esta administración no puede inmiscuirse en materia de derechos o deberes laborales entre trabajadores y empresa que deben resolverse en otro ámbito.

Fecha de actualización: 10 de Agosto de 2023

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