Estas bases tienen como base al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, para la Ciudad Autónoma de Melilla.
Asimismo, las ayudas reguladas por este programa tienen carácter singular, derivado de la necesidad de implementar diversos instrumentos que incentiven la movilización de las inversiones necesarias para la renovación exhaustiva y rentable de edificios residenciales y comerciales, con el fin de mejorar el rendimiento energético del parque inmobiliario y reducir su consumo de energía final, contribuyendo activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono (CO2), la cohesión social y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los espacios urbanos.
Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo de 300 millones de euros para toda España, con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
Con el objeto de mantener el carácter incentivador de las ayudas, solo se considerarán las actuaciones subvencionables contempladas en estas bases, cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que se hayan registrado en plazo y cumplan con los requisitos establecidos en estas bases.
El Real Decreto 339/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de la edificación y vivienda (BOE de 21 de marzo) se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la ciudad de Melilla en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de la edificación y vivienda.
Esta convocatoria entrará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla» (BOME), justificado en la necesidad de aplicar los correspondientes créditos presupuestarios. Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que la convocatoria, en la forma que en ellas se establezca, hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
b) Que se llegue a 31 de julio de 2021, fecha de cierre de la convocatoria.
Fecha de actualización: 9 de Abril de 2021
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