Tras el Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, publicado por orden del Congreso de los Diputados mediante Resolución de 20 de mayo de 2020, y habiendo sido solicitada labor interpretativa a esta Dirección General por parte de algunas Comunidades Autónomas en el seno de las diferentes Secciones de la Comisión Sectorial de Consumo, se hace necesario tener en cuenta, por parte de las administraciones de consumo, para la tramitación de las reclamaciones presentadas por los consumidores y/o usuarios sobre la base del artículo 36.1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Cobid-19, lo siguiente:
Fecha de actualización: 15 de Junio de 2020
Ciudad Autónoma de Melilla
RRSS:TWITTER
Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member