El objeto del documento presente es la redacción del Plan territorial de contingencias de la Ciudad Autónoma de Melilla consistente en la creación de un instrumento jurídico y técnico por el que se regulen los procedimientos de organización y actuación de las administraciones públicas y entidades públicas y privadas, comprensivo de la estructuración, disposición de medios personales y materiales y la dirección y seguimiento de las operaciones ante un suceso de contaminación marina.
Según el artículo 4.3 del Sistema Nacional de Respuesta ante un suceso de contaminación marina, los planes territoriales serán elaborados y aprobados por las autoridades competentes de cada una de las comunidades autónomas litorales y ciudades de Ceuta y Melilla. El artículo 14.3 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, a este respecto, dicta que este Plan debe ser informado por el Consejo Nacional de Protección Civil, a los efectos de su adecuación al Sistema Nacional de Protección Civil.
Fecha de actualización: 20 de Abril de 2020
Ciudad Autónoma de Melilla
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