La creación de los ficheros de carácter personal de titularidad pública bajo la responsabilidad de la Dirección General de Sanidad y Consumo, que se relacionan en el Anexo de la presente disposición y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Fecha de actualización: 10 de Julio de 2019
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