La presente ordenanza tiene por objeto establecer las normas que regulan:
El control de la calidad higiénico-sanitaria de los aljibes y depósitos de agua de uso individual o colectivo y sus diversas instalaciones.
El control de la calidad sanitaria del agua, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.
El régimen de autorizaciones, vigilancia, registro e inspecciones sanitarias, así como el régimen sancionador aplicable en los supuestos de incumplimiento de esta Ordenanza, sin perjuicio de lo que dispongan el Real Decreto 140/2003 y Real Decreto 865/2003, así como cualquier otra normativa que con carácter concurrente pueda serles de aplicación.