Real Decreto 1378/1985, de 1 de Agosto, sobre Medidas Provisionales para la Actuación en Situaciones de Emergencia en los Casos de Grave Riesgo, Catástrofe o Calamidad Pública
El presente real decreto tiene por objeto establecer las medidas provisionales necesarias para la actuación de los órganos y autoridades competentes en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad publica que puedan producirse hasta que se aprueben y homologuen los planes a que se refiere el articulo 8. Dela ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil.