I. Derecho de acceso a los centros y oficinas
 
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  1. A acceder a cualquier edificio público de la Ciudad Autónoma de Melilla sin que ninguna limitación o barrera arquitectónica pueda impedírselo, en las condiciones que según su uso y finalidad se prevean para todos los ciudadanos.


  2. A encontrar en un edificio público de la Ciudad Autónoma de Melilla la dependencia a la que desee dirigirse, sin que sea imprescindible hacer preguntas o averiguaciones.


  3. A una red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano, que serán totalmente accesibles, tendrán una zona de espera, una zona de consulta y una zona de atención personalizada.

Fecha de actualización: 18 de Diciembre de 2023

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