¿Cómo funciona el Consejo Asesor de Asociaciones de Vecinos?
 
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El Consejo Asesor de Asociaciones de Vecinos podrá completar la presente regulación con sus propias normas de funcionamiento.

No obstante, a efectos de celebración de la sesión y adopción de acuerdos dentro de sus competencias, el Consejo se entenderá válidamente constituido con la presencia del Consejero que es el Presidente de este órgano, el miembro del órgano a quien se haya atribuido la condición de portavoz de las Asociaciones de Vecinos, y el Secretario.

La convocatoria se realizará al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación, correspondiendo siempre ésta al Presidente del Consejo.

El Consejo fijará sus criterios o acuerdos por consenso de ambas representaciones, actuando siempre con un mínimo de formalismo y con la máxima flexibilidad funcional.

Se levantará acta de cada una de sus sesiones, recogiéndose en ésta, de la forma más sucinta posible, los asuntos tratados y los criterios adoptados de mutuo acuerdo.

Fecha de actualización: 18 de Diciembre de 2023

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