Constituye el hecho imponible de este tributo: - La realización de los servicios que presta la Ciudad Autónoma en relación con el suministro de agua potable a domicilio consistente en el otorgamiento de Licencias de acometida a la Red de Suministro - El suministro de agua para consumo a través de las redes del Servicio de Aguas, cualesquiera que sea la procedencia del suministro.