¿Quién es el sujeto pasivo de la tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase?
Están obligados, en concepto de contribuyentes, al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza: - Las personas o entidades a cuyo favor se otorguen las licencias - Los propietarios de los inmuebles donde se hallan establecidas las entradas o pasos de vehículos - Las empresas, entidades o particulares beneficiarios de los aprovechamientos enumerados en los apartados b), c) y d) del art. 2 de la presente ordenanza. En su caso, tendrán la condición de sujetos pasivos las entidades a que hace referencia la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla.