¿Quién es el sujeto pasivo de la tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase?
 
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Están obligados, en concepto de contribuyentes, al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza:
- Las personas o entidades a cuyo favor se otorguen las licencias
- Los propietarios de los inmuebles donde se hallan establecidas las entradas o pasos de vehículos
- Las empresas, entidades o particulares beneficiarios de los aprovechamientos enumerados en los apartados b), c) y d) del art. 2 de la presente ordenanza.
En su caso, tendrán la condición de sujetos pasivos las entidades a que hace referencia la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Fecha de actualización: 17 de Diciembre de 2015

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