8.2.3 En el ámbito de la protección al menor y la familia:
a) Gestión de los Servicios Sociales especializados relativos a la infancia, a la familia, a la protección de menores y a la reeducación y rehabilitación de los mismos.
b) Las que en materia de adopción, adopción, guarda y tutela establece el Código Civil de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, sobre protección jurídica del menor.
c) Las actuaciones administrativas y técnicas de asistencia, ayuda y rehabilitación a los menores de edad y a las familias, y a la promoción de actividades privadas de igual naturaleza.
d) La gestión de la reeducación e integración de los menores, en cumplimiento y ejecución de medidas adoptadas judicialmente al amparo de lo dispuesto por la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, con sus modificaciones y normativa complementaria.
e) La gestión de las relaciones con los centros de atención a menores, incluidos los de internamiento, propios o concertados, y el ejercicio de las facultades de inspección y control.
f) La Tramitación de los expedientes relativos a la concesión de ayudas y subvenciones en su ámbito de competencias.
g) Tramitación de procedimientos sancionadores en materia de protección del menor.
h) La gestión del Programa Punto de Encuentro y Mediación Familiar en colaboración con la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad