Sólo con que tengas sospecha fundamentada (en alguno de los indicadores del niño o sus cuidadores que hemos señalado) de que un niño está siendo objeto de cualquier tipo de maltrato debes actuar y plantearte una serie de cuestiones.
En primer lugar esa sospecha estará fundamentada en algunos indicadores tanto del niño como de las personas responsables de su cuidado.
Según la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del menor (B.O.E. 17.01.96, Art. 13.1 sobre "Obligaciones de los ciudadanos y deber de reserva"): Toda persona o autoridad, y especialmente aquéllos que por su profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise.
La Fundación ANAR dispone de un teléfono de atención del menor, el número es 900 20 20 10 el cual se encuentra en funcionamiento las 24 horas durante todos los días del año.
Fecha de actualización: 17 de Marzo de 2025
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