Hecho Tributario: Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de Cementerios de la Ciudad Autónoma de Melilla, la asignación de espacios para inhumaciones de difuntos, cualquiera otros que, de conformidad con lo prevenido en el Reglamento de policía sanitaria mortuoria, así como la demás normativa aplicable, sean procedentes o se autoricen a instancia de parte.