Tasa por la retirada de vehículos de la vía pública y traslado al depósito
 
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Denominación:

Tasa por Grúa y retirada del vehículo del depósito

Hecho Tributario:

  1. El hecho imponible viene constituido por la prestación de servicio de retirada de vehículos, su traslado y estancia en el depósito de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  2. La tasa se devengará cuando se inicie la prestación de servicio.
  3. Se considera iniciado el servicio en el momento de ser enganchando el vehículo en el coche grúa.

Lugar y Horario de Pagos:

Al retirar el vehículo del depósito.

Fecha de actualización: 24 de Marzo de 2025

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