Ventajas Fiscales
 
disminuir
aumentar
compartir
escuchar
imprimir
volver

En la Ciudad Autónoma de Melilla rige el sistema tributario español, pero con ciertas modificaciones que se traducen en grandes ventajas o incentivos en:

Impuestos Indirectos
Impuesto sobre Sociedades: Bonificación del 50 %

Se bonificará a las sociedades y entidades que operen efectiva o materialmente en Melilla con un 50% de la cuota íntegra que corresponda a los rendimientos e incrementos de patrimonio obtenidos. Esta bonificación se limita exclusivamente a:
- Las entidades domiciliadas fiscalmente en Melilla por los beneficios o incrementos de patrimonio que justifiquen haber obtenido en la Ciudad Autónoma.
- Las entidades no residentes o no domiciliadas en melilla por los beneficios o incrementos de patrimonio que justifiquen haber obtenido en la Ciudad Autónoma por medio de establecimiento permanente.

IRPF: Bonificación del 60 %

Los declarantes podrán deducirse el 60% de la parte de la cuota íntegra de este impuesto que proporcionalmente corresponda a las rentas obtenidas en Melilla.
Esta deducción será aplicable a los no residentes en Melilla en lo que se refiera a las rentas procedentes de valores representativos del capital social de entidades jurídicas domiciliadas y a los rendimientos de establecimientos permanentes situados en ella.

Impuesto sobre el Patrimonio: Bonificación del 75 %

Se bonificará con el 75% la parte de la cuota que corresponda proporcionalmente a los bienes y derechos de contenido económico situados o que deban ejercitarse en Melilla.
Esta bonificación será aplicable a los no residentes en Melilla en lo que se refiera a valores representativos del capital social de entidades jurídicas domiciliadas y cuando se trate de establecimientos permanentes situados en ella.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Bonificación del 50%

Se bonificacrán con un 50 por ciento las cuotas de este impuesto derivadas de:

- Las adquisiciones "mortis causa" y las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros de vida, siempre que el causante hubiera tenido si residencia habitual a la fecha del devengo en Melilla y durante los cinco años anteriores a éste.

-Las adquisciones "inter vivos", en la parte que proporcionalmente corresponda a los inmuebles situados en Melilla.

- El resto de adquiciones "inter vivos", cuando el adquiriente tenga su residencia habitual en Melilla

Impuestos Directos
Exención del impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.).

Melilla está excluida del ámbito de aplicación de este impuesto en virtud de la Ley que lo regula y su correspondiente reglamento.

En lugar de los tributos indirectos habituales, que no son de aplicación, en Melilla existe una tributación específica, el IPSI (Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación), que sustituye al IVA y supone unos tipos reducidos de entre el 0,5 por ciento y el 10 por ciento, con un tipo medio 7 por ciento.

Para las bebidas alcohólicas, cerveza, tabaco e hidrocarburos el especial régimen tributario de Melilla permite ofrecer unos precios que son entre un 30 por ciento y un 50 por ciento inferiores a los de la Península.

Bonificación del 50% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Existe una bonificación del 50 por ciento sobre:

- La cuota gradual de documentos notariales del gravamen de A.J.D., cuando el registro dónde debe inscribirse esté en Melilla.
- Cuota sobre el gravamen de las operaciones societarias.
- Cuotas derivadas de las transmisiones patrimoniales onerosas.

Otras ventajas

Pese a que Melilla, al igual que el resto del territorio nacional, forma parte de la Unión Europea con todos sus derechos, está, no obstante, fuera de la Unión Aduanera. Esto, unido a su condición histórica como puerto franco, permite un régimen especial en el que la entrada de mercancías no paga aranceles de importación.
Adicionalmente, gracias a la aprobación de las Reglas de Origen para Melilla por parte de la Unión Europea, los productos que cumplan con esta regulación adquieren origen melillense. Dicho origen les permite tener un tratamiento muy ventajoso al entrar a la Unión Aduanera que incluye la exención de aranceles. Esto beneficia a aquellos productos que requieren materias primas procedentes de terceros países.

Desde el Gobernó de España, así como desde el de la Ciudad Autónoma, se tiene en cuenta que ésta se considera zona objetivo uno de la Unión Europea. Por ello, Melilla ofrece ayudas excepcionales que pueden ascender hasta el 40 por ciento de la inversión (55 por ciento en el caso de pymes), y hasta 21.000 Euros por empleo creado.

Dichas ayudas están clasificadas de la siguiente manera:

- Régimen de incentivos regionales a la Zona de Promoción Económica de Melilla.
- Líneas de crédito preferenciales ICO.
- Régimen de ayudas financieras a empresas generadoras de empleo estable.
- Plan de Consolidación y Competitividad de la PYME.
- Ayudas para el fomento de la actividad empresarial de la mujer.
- Ayudas a la contratación de desempleados en sectores encuadrados en iniciativas locales de empleo.

Fecha de actualización: 3 de Abril de 2024

DOCUMENTOS RELACIONADOS
disminuir
aumentar
compartir
escuchar
imprimir
volver
Sede Electrónica BANNER SOLICITA TU CITA PREVIA Portal de Transparencia Perfil de Contratante Bome Contratación Menor
11 de octubre de 2024 | 12 de octubre de 2024
11 de octubre de 2024 | 12 de octubre de 2024
16 de octubre de 2024 | 26 de octubre de 2024

Ciudad Autónoma de Melilla

Twitter
Facebook
Instagram
Canal de WhatsApp
 

Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member