1.- También procederá la retirada del vehículo en los casos siguientes:
2.- En los casos de los incisos c) y d) del apartado anterior deberá señalizarse con, al menos, 24 horas de antelación el itinerario o la zona de estacionamiento prohibido y colocar notas de aviso en los parabrisas de los vehículos afectados. Los que hayan tenido que ser retirados serán situados en el lugar más próximo posible, con indicación a los conductores, cuando sea posible, y sin que se pueda sancionar ni percibir cantidad alguna por el traslado. Lo dispuesto en este apartado no regirá para los vehículos estacionados con posterioridad a la colocación de las señales.
Fecha de actualización: 19 de Marzo de 2025
Ciudad Autónoma de Melilla
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