La Policía Local recuerda la importancia de conocer la normativa aplicable a las bicicletas eléctricas y ciclos de motor para circular con seguridad y evitar infracciones.
Una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido puede considerarse EPAC cuando la asistencia al pedaleo no supera los 25 km/h y cuenta con una potencia máxima de 250 W.
También existen los ciclos de motor, que pueden alcanzar hasta 1000 W, siempre dentro de las condiciones técnicas permitidas.
Cuando un vehículo supera los 25 km/h y, además, ha sido modificado para funcionar de forma independiente mediante un acelerador añadido, puede ser considerado, a efectos penales, como ciclomotor o motocicleta, dependiendo de su velocidad y potencia.
En ese caso, será necesario disponer del permiso de conducir correspondiente.
Usar correctamente este tipo de vehículos es fundamental para garantizar la seguridad vial y la convivencia en nuestras calles.
Fecha de actualización: 3 de Junio de 2026
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