¿Cómo se tramita una licencia de funcionamiento de restaurantes y cafeterías?
 
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Tras ser presentada la petición de licencia de apertura, por parte del Negociado de Establecimientos se procede a la confección del correspondiente expediente, que conlleva las distintas visitas de inspección (Sanidad, Arquitectura, Industria, Contaminación Ambiental, etc.) finalizando con su elevación a la Comisión Técnica que, a la vista del mismo y el informe del Servicio, aprueba o deniega la petición, que debe ser ratificada por el Consejero.

Desde el Negociado de Establecimientos se oficia a los Servicios del Patronato de Turismo para que se pronuncien sobre dicha apertura y se otorgue la categoría correspondiente al establecimiento en cuestión.

Posteriormente, si se trata de las industrias turísticas: hoteles, restaurantes, cafeterías, agencias de viaje, etc. es necesario formular la petición (en impreso oficial dirigida al Presidente de la Comunidad Autónoma) de concesión de licencia de funcionamiento de la actividad.

Se completa con el correspondiente expediente administrativo (se adjuntan fotocopias de los requisitos de cada una de las actividades) y finaliza con la visita de Inspección con el fin de comprobar instalaciones, servicios, cocinas y demás elementos, cara a la propuesta de concesión definitiva y categoría de la licencia de funcionamiento.

Estas inspecciones se efectúan también utilizando unos modelos basados en los proporcionados por la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas amoldados a la propia Ciudad Autónoma.

Si todo coincide con la petición formulada y la inspección resulta positiva, se eleva el preceptivo escrito al responsable del Area (el Viceconsejero) para su remisión al Consejero de Economía, Empleo y Turismo.

Tras la aprobación por el Consejero, es obligatoria su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, procediéndose a comunicar la resolución al interesado, siendo a partir de la recepción definitiva de la misma cuando se puede comenzar el ejercicio de la actividad solicitada.

La documentación necesaria es la siguiente:

  • Solicitud en instancia oficial.
  • Fotocopia por duplicado de los planos del establecimiento visados por el Organismo correspondiente.
  • Fotocopia de la escritura de compra o contrato de traspaso o alquiler.
  • Declaración jurada de buena conducta.
  • Fotocopia de Constitución de Sociedad o DNI del interesado. · Certificado de Sanidad.
  • En caso de cambio de titularidad, recorte de anuncio publicado en dos periódicos.
  • Fotocopia de la declaración de Hacienda y Declaración Censal. 
  • Lista de precios (por duplicado).

Fecha de actualización: 24 de Julio de 2023

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