¿Cómo se tramita la concesión de las categorías de bares, cafés-bares, hamburgueserías, pizzerías y similares en el Patronato de Turismo?
 
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Tras ser presentada la petición de licencia de apertura, por parte del Negociado de Establecimientos se procede a la confección del correspondiente expediente, que conlleva las distintas visitas de inspección (Sanidad, Arquitectura, Industria, Contaminación Ambiental, etc.) finalizando con su elevación a la Comisión Técnica que, a la vista del mismo y el informe del Servicio, aprueba o deniega la petición, que debe ser ratificada por el Consejero.

Desde el Negociado de Establecimientos se oficia a los Servicios del Patronato de Turismo para que se pronuncien sobre dicha apertura y se otorgue la categoría correspondiente al establecimiento en cuestión.

La documentación que se debe presentar es la siguiente:

  • Fotocopia del permiso de apertura.
  • Fotocopia de la Constitución de la Sociedad o DNI si es una persona física.
  • Alta en Hacienda o en la Declaración Censal.
  • Lista de precios, con el total de los artículos que se expendan por duplicado, firmada por el responsable, con indicación de nombre social, dirección y categoría.

Fecha de actualización: 24 de Julio de 2023

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