COMPETENCIAS ATRIBUIDAS A LA VICECONSEJERÍA DE IGUALDAD Y MUJER
 
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De carácter general:

Además de las señaladas para los titulares de las Consejerías en el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y de la Administración, asumirá:

a) La dirección y gestión de todas las Entidades y Organismos Públicos adscritos a la Consejería.

b) En general, el desarrollo de programas, y la concesión y gestión de subvenciones en materias propias de la Consejería.

c) Propuestas a la Excma. Asamblea o al Consejo de Gobierno de programas a concertar con otras Administraciones Públicas o privadas que excedan de la competencia de la Consejería.

Delegación de competencias en la persona titular de la Viceconsejería de Igualdad y Mujer

En materia de Igualdad y Mujer:

a) Promoción, en cualquier ámbito, de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, estableciendo como objetivo la igualdad de género, definiendo la política institucional y los objetivos de mejora estableciendo, a tal efecto, un "plan de acción", su seguimiento y resultados.

b) Tramitación de expedientes relativos a igualdad de género.

c) Actuaciones respecto al colectivo LGTBI en las políticas de igualdad de la Ciudad

d) Promoción integral de la mujer y de su participación social en igualdad.

e) Documentación, estudios y análisis relativos al ámbito de la mujer.

f) Información, asesoramiento y atención a la mujer.

g) Prevención de la violencia de género y atención a sus víctimas.

h) Consejo Sectorial de la Mujer`

i) De conformidad con lo establecido en el artículo 61.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 "Los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en esta materia con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso".

Haciendo uso de este artículo la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, delega en la titular de la Viceconsejería de Igualdad y Mujer la Contratación Menor sobre las materias de Igualdad y Mujer.

Fecha de actualización: 8 de Noviembre de 2023

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