Beneficios Generales
 
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Beneficios actuales a que da derecho el título de Familia Numerosa, según dispone la Ley 40/2003, de 18 de noviembre (B.O.E. de 19 de noviembre) y Real Decreto 1.621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley (B.O.E de 18 de enero de 2006).

A) FAMILIAS NUMEROSAS DE CATEGORÍA GENERAL
Bonificación cuotas de la Seguridad Social

-Bonificación de cuotas de la Seguridad Social por la contratación de cuidadores en familias numerosas. (Ver artículo 5 del Reglamento).

Prestaciones familiares de la Seguridad Social

-Prestaciones familiares de la Seguridad Social. Reguladas en su legislación específica. (Ver artículo 6 del Reglamento).

Convocatorias de Becas y/o ayudas para adquisición de libros

- Convocatorias de Becas y/o ayudas para adquisición de libros y material didáctico, en los niveles obligatorios de la enseñanza se establecerá un trato preferente para su adjudicación a alumnos integrantes de familias numerosas. Así como puntuación en la admisión de alumnos en centros escolares sostenidos con fondos públicos. (Ver artículo 7 del Reglamento ).

Reducción del 50 % de las tasas y precios públicos

-Reducción del 50% en el importe de las tasas o precios públicos que se apliquen a los derechos de matriculación y examen, por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales, y cualesquiera otras tasas o precios públicos establecidos en el ámbito de la educación. (Ver artículo 8 del Reglamento).

Subsidio por necesidades educativas especiales

-Subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad: Transporte escolar, transporte urbano o comedor escolar. (Ver artículo 9 del Reglamento).

Reducción del importe de billetes de transporte

-Reducción del 20% del importe del billete en transportes interurbanos de líneas regulares y clase turista por autobús, barco, tren y el 5% en avión. (Ver artículos 10, 11, 12 y 13 del Reglamento). Cualquier tipo de descuento es acumulable a los beneficios de los titulares de familia numerosa.

Derechos de preferencia en acceso a actividades de ocio

Derechos de preferencia en el acceso a actividades de ocio del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y bonificaciones en las cuotas a abonar. (Ver artículo 14 del Real Decreto).

Bonificación en los precios de entrada a los centros e instituciones culturales

-Bonificaciones del 50% en los precios de entrada a los centros e instituciones culturales de titularidad estatal: Museos, teatros y auditorios. (Ver artículo 15 del Reglamento).

Beneficios generales en materia de vivienda

-Beneficios generales en materia de vivienda. (Ver artículo 16 del Reglamento).

B) FAMILIARES NUMEROSAS DE CATEGORÍA ESPECIAL
Categoría Especial

Los mismos beneficios señalados anteriormente para las de categoría general pero siendo la reducción del 50% en transportes por autobús, barco o tren, el 10% en avión y del 100% en tasas o precios públicos que se apliquen a los derechos de matriculación y examen, por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales, y cualesquiera otras tasas o precios públicos establecidos en el ámbito de la educación.

Fecha de actualización: 3 de Enero de 2014

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