El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el 30 de septiembre de 2019, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2019000709:
PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
El Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, ha introducido cambios en materia de fiestas locales laborales que regulaba el Real Decreto 2001/1983 de 28 de julio.
En consecuencia, se hace preciso que por esta Ciudad Autónoma (antes del día 30 de septiembre) mediante Acuerdo de su Órgano Institucional correspondiente, esto es, el Consejo de Gobierno, se pronuncie y remita a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Subdirección de Relaciones Laborales, la relación de fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, así como la opción prevista en el punto 3º del artículo 45 del antedicho Real Decreto.
En su virtud VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno que el Calendario Laboral para el año 2020 quede conformado como se indica a continuación:
Las Fiestas por la que se efectúa la opción y tienen la consideración de locales son los días 8 de Septiembre, Día de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria (excelsa Patrona de la Ciudad) y 17 de Septiembre, Día de Melilla.
De otra parte y de conformidad con el artículo 45.3 del R.D. 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, se sustituye el día 19 de Marzo San José, por el día 31 de julio (Fiesta del Sacrificio -Aid El Kebir-).
Fecha de actualización: 4 de Octubre de 2019
Ciudad Autónoma de Melilla
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