EL DESTINO DE LOS RESIDUOS DEL CONTENEDOR AMARILLO, ASÍ COMO DEL AZUL, VERDE Y NARANJA, ES EL RECICLAJE

Absolutamente todos los residuos que se depositan en los contenedores amarillos, azules, verdes y naranjas (envases ligeros, papel y cartón, vidrio y aceite vegetal) de la ciudad de Melilla se recogen de manera separada y se envían a la Península para su reciclaje

No existe ninguna duda sobre el destino del contenido del contenedor amarillo. Este contenido va a RECICLAJE, siendo absolutamente falso que su destino sea la valorización energética

En la actualidad el contenido del contenedor amarillo se recoge con camiones autocompactadores que, un vez llenos, son enviados a la Península para su descarga en empresa gestora autorizada

2 de octubre de 2019
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Contenedores de reciclaje

La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad, ante las declaraciones vertidas por la asociación ecologista Guelaya-Ecologistas en Acción en las que se afirma literalmente que el destino del contenido del contenedor amarillo incluye la incineración, se ve en la obligación de aclarar que la totalidad del contenido de los residuos depositados en el contenedor amarillo son destinados a RECILAJE, mediante su recogida con camión compactador y su envío a Planta de Tratamiento en la Península, concretamente en la provincia de Málaga.

En un futuro, cuando estén finalizadas las obras del punto limpio fijo, el contenido del contenedor amarillo se depositará en la compactadora situada en este centro para su posterior destino a la Planta de Tratamiento especializada.

La resolución a la que hace mención Guelaya es la autorización concedida al Sistema Integrado de Gestión ECOEMBES, Ecoembalajes España S.A., en febrero de 2019.

Esta autorización permite al Sistema Integrado de Gestión operar en Melilla, siempre conforme a los términos establecidos en el convenio de colaboración establecido con la Ciudad, siendo en este convenio donde se especifica el modo de llevar a cabo el reciclaje y/o valorización de los residuos.

En este sentido cabe destacar que la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad se encuentra actualmente en negociaciones para terminar de perfilar los términos del nuevo Convenio a firmar con ECOEMBES.

La Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad quiere aclarar que si en la autorización a la que se hace mención se establece que " ECOEMBES asume el compromiso de garantizar el reciclado y/o valorización de los residuos de envases y envases usados puestos a disposición por la Ciudad, conforme a los términos establecidos en el convenio de colaboración" es porque es la valorización el destino de los envases y envases usados depositados por los ciudadanos en el contenedor marrón, tal y como permite la legislación vigente, nunca en el amarillo.

Sería deseable, y la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad trabajará, como ha hecho hasta ahora, para que así sea, que la totalidad de envases se depositaran en los contenedores de recogida selectiva (amarillo, azul y verde), pero en la actualidad hay un porcentaje de estos residuos que la ciudadanía aún deposita en el contenedor marrón, y, tal y como está legalmente establecido, el destino de este contenedor marrón es la valorización en la planta de valorización energética de nuestra ciudad.

Por todo esto la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad quiere dejar claro que, en ningún caso es ECOEMBES quien decide si se reciclan o valorizan los residuos depositados en los contenedores azules y/o amarillos, sino que es la ciudad la que lleva a cabo la recogida de estos contenedores y traslada su contenido a la Planta de tratamiento en la Península.

En relación a los objetivos que la autorización impone a ECOEMBES, la autorización se remite a los objetivos establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases y al Real Decreto252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997.

Tanto la Ley como el Real Decreto citados están vigentes en la actualidad, siendo la normativa específica sobre envases de referencia a nivel estatal, por lo que no es cierta la afirmación de que esa legislación no esté en vigor, y no entrando en controversia los objetivos marcados por esta legislación específica de envases con la Ley de Residuos de 2011 que establece objetivos de reciclaje para el conjunto de residuos (papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones alcanzables), y que, evidentemente, también es de obligado cumplimiento para ECOEMBES.

Cabe destacar que el Real Decreto 252/2006 mencionado, en el que se basa la autorización otorgada a ECOEMBES habla de que desde 2008 y en años sucesivos se reciclará entre un mínimo del 55% y un máximo del 80% en peso de los residuos de envases.

En lo referente al supuesto entorpecimiento de la autorización a otros sistemas de gestión, la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad es tajante en este asunto afirmando que la autorización otorgada a ECOEMBES, así como las otorgadas a otros sistemas integrados de gestión por la Consejería, en ningún caso obstruyen la existencia de un sistema integrado con otros sistemas.

Se admite que las empresas puedan elegir si adherirse a un sistema integrado de gestión como ECOEMBES o a uno de depósito, devolución y retorno porque así lo establece la legislación vigente a la que debe ceñirse esta Consejería a la hora de otorgar las autorizaciones.

La ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y de residuos de envases establece que los envasadores y los comerciantes de productos envasados o, cuando no sea posible identificar a los anteriores, los responsables de la primera puesta en el mercado de los productos envasados podrán establecer un sistema de depósito, devolución y retorno si lo consideran o podrán eximirse de establecerlo cuando participen en un sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados derivados de los productos por ellos comercializados, y la Ley 22/2011 de residuos establece que la implantación de sistemas de devolución y retorno de residuos tendrá carácter voluntario.

En este sentido la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad sólo y exclusivamente informa en la autorización otorgada a ECOEMBES de este extremos recogido en la legislación vigente.

Si la legislación nos lo permite iremos avanzando en propuestas para concienciar y obligar, en lo posible, a las empresas a acogerse al sistema de retorno.

Entendemos que en parte las aclaraciones de Guelaya Ecologistas en Acción ponen de manifiesto que el contenido del contenedor amarillo se lleva a la península para su tratamiento y reciclaje como así se demuestra con los documentos de transporte en barco y recogida en el centro de tratamiento de Málaga.

Y hacemos un llamamiento a la ciudadanía para que tenga la absoluta certeza de que se están reciclando todos los envases que se depositan en todos y cada uno de los contenedores de recogida selectiva, amarillos, azules y verdes.

Fuente: medioambientemelilla

Fecha de actualización: 16 de Marzo de 2020

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