Relación de beneficiarios de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para el pago del alquiler del año 2019 a jóvenes, que no han aportado los recibos subvencionados
 
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Conforme a lo establecido en el artículo 70.3 del Reglamento General de la Ley de Subvenciones, a los beneficiarios abajo relacionados, de la Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para el pago del alquiler del año 2019 a jóvenes que no han aportado, en el plazo establecido en el BOME Nº 5.649 de fecha 7 de Mayo de 2019, los recibos que son objeto de Subvención, dispondrán de un plazo Improrrogable de QUINCE DÍAS para su presentación, aportando para su justificación los recibos de alquiler abonados mediante transferencia, domiciliación bancaria o ingreso en cuenta y en su defecto declaración jurada presencial del propietario de la vivienda acreditando el pago de las rentas de los meses no justificados por pago bancario.

Transcurrido dicho plazo se procederá a la revocación de la subvención reconocida.



Fecha de publicación:
17/01/2020

Medio de publicación:
BOME núm. 5.722, de 17 de enero de 2020

Fecha de actualización: 17 de Enero de 2020

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