Esta orden establece las normas generales de valoración de los residuos no peligrosos consistentes en suelos no contaminados excavados y otros materiales naturales excavados procedentes de obras de construcción o de demolición, que se generan como excedentes para la ejecución estricta de la obra, y que se destinan a operaciones de relleno y a otras obras distintas de aquéllas en las que se generaron.
Cuando se cumplan estas normas generales, quedarán exentas de autorización las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la valoración de estos residuos, en aplicación de las previsiones de artículo 28 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Fecha de actualización: 19 de Octubre de 2020
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