Pasaporte Animales Compañía
 
disminuir
aumentar
compartir
escuchar
imprimir
volver

Este documento es indispensable para los desplazamientos de animales carnívoros domésticos (perros, gatos y hurones), SIN ÁNIMO COMERCIAL, tanto al resto del territorio nacional, como a los demás países miembros. En el Pasaporte se hará constar que el animal:

  • Está identificado mediante microchips.
  • Ha sido vacunado contra la Rabia.
  • Es mayor de tres meses.

Obtención

Para la obtención del Pasaporte, es necesario girar visita a cualquier Veterinario autorizado.

Casos Especiales

En caso de desplazamiento a los países que a continuación se relacionan, es necesario que en el Pasaporte conste que se ha realizado una valoración de anticuerpos, siendo ésta conforme. Para ello es necesario girar visita a cualquier Veterinario autorizado, que tomará muestras de la sangre del animal, al objeto de realizar los análisis correspondientes, para la valoración de anticuerpos.

Una vez recibidos los resultados analíticos, y si éstos son conformes, el Veterinario hará constar dichos resultados en el Pasaporte, que será legalizado en esta Dirección General.

Estos casos especiales son los siguientes:

  1. Desplazamientos de animales a Reino Unido, Irlanda, Suecia y Malta (sin ánimo comercial).- En caso de desplazamiento a estos Países de animales de compañía (se exceptúan los hurones), los análisis para la valoración de anticuerpos deberá de haberse realizado:
    Reino Unido, Irlanda y Malta: 30 días después de la vacunación y 6 meses antes del desplazamiento.
    Suecia: 120 días después de la vacunación.
    Si el desplazamiento tiene como destino Reino Unido o Irlanda, además de las condiciones anteriores, los animales deberán ser sometidos a un tratamiento antiparasitario frente a equinococosis y garrapatas entre las 24 y las 48 horas previas a la partida.
    Si el destino es Suecia, además de las condiciones anteriores, deberán haber sido tratados frente a equinococosis de forma idéntica y los perros tendrán que estar vacunados frente a leptospiras y moquillo.
  2. Los animales que viajen a Marruecos y sean reintroducidos en la Ciudad, deberán aportar el correspondiente Pasaporte, donde deberá constar que se ha realizado una valoración de anticuerpos neutralizantes que acredite una protección adecuada. No será preciso renovar esta valoración en aquellos animales que, habiéndoseles realizado una valoración inicial satisfactoria y sin romper el protocolo de vacunaciones, sean reintroducidos en España.

Fecha de actualización: 27 de Julio de 2022

disminuir
aumentar
compartir
escuchar
imprimir
volver
Sede Electrónica BANNER SOLICITA TU CITA PREVIA Portal de Transparencia Perfil de Contratante Bome Contratación Menor
23 de abril de 2024 | 25 de abril de 2024
23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | 24 de abril de 2024

Ciudad Autónoma de Melilla
RRSS:TWITTER

Conforme con: HTML5 | CSS 3.0 - W3C WAI-AA | W3C Member