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Inspección Técnica de Vehículos es hoy un sistema imprescindible de control, sólidamente implantado en una red de casi 300 estaciones extendidas por todo el territorio nacional y que actúa como medio fundamental de prevención de accidentes de tráfico, permitiendo al usuario conocer el estado de su vehículo tanto en lo relativo a los órganos fundamentales de seguridad como en lo referente al cumplimiento de la legislación vigente de vehículos.


Normativa de referencia

  • Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones ITV (editado por el MINER)


Periodicidad


En el documento adjunto encontraras la periodicidad con la que un vehiculo a de pasar la I.T.V. según RD 711/2006


Procedimiento

  • Se aconseja llevar primero el vehículo al taller al que uno suela ir (del concesionario oficial o que esté autorizado por Industria) al objeto de que esté correcto: nivel de aceite, líquidos, luces, matrícula, puntos de revisión de ITV: trócolas, humos, suspensión, cristales, etc.
  • Se entrega la documentación (permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica) en la oficina de IVESUR MELILLAM S.A.U., se abonan las tasas y, con el número que allí le proporcionan pasa la I.T.V. cuando le corresponda.
  • Una vez pasada, se recoge la documentación en la oficina, si se ha realizado correctamente. En caso contrario tendrá que seguir las instrucciones que allí le comunicarán.
  • La pegatina que le entreguen es obligatorio ponerla en el ángulo superior izquierdo del parabrisas delantero.
  • La próxima I.T.V., en caso de turismo, será a los dos años si el vehículo tiene menos de 10 años desde la primera fecha de matriculación; si tiene más, será al año. Si la contraseña de homologación es de la letra "C", la fecha de la próxima ITV varía.

Para más información: R.D. 711/2006, de 9 de junio, por el que se modifican determinados reales decretos relativos a la inspección técnica de vehículos (ITV) y a la homologación de vehículos, sus partes y piezas, y se modifica, asimismo, el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.


Consejos

  • Revise el reglaje de faros, puede hacerlo con una pared, desde cierta distancia.
  • Verifique el estado de los neumáticos. Cambie los que estén en mal estado y no olvide traer la rueda de repuesto.
  • Compruebe las posibles holguras en el sistema de dirección, moviendo el volante hacia ambos lados.
  • Verifique la alineación de las ruedas directrices, si el vehículo tira hacia un lado, puede estar desalineado.
  • Compruebe el estado de los amortiguadores empujando hacia abajo el vehículo, si se balancea demasiado puede tener algún amortiguador en mal estado.
  • Verifique el sistema de frenos, latiguillos, etc. Si durante la frenada el vehículo tiene tendencia a irse a un lado es porque unas ruedas frenan más que otras.
  • Revise el nivel de líquido de frenos y el estado de las pastillas y/o zapatas.
  • Compruebe que el freno de mano actúa correctamente.
  • Vigile las posibles pérdidas de combustible.
  • Si es Servicio Público, no olvide que es obligatorio que lleve un extintor adecuado.
  • Si ha efectuado alguna reforma en su vehículo ( acoplamiento de enganche, adicción de proyectores de largo alcance, etc) y no lo ha legalizado, póngase en contacto con nosotros a la mayor brevedad.
  • Compruebe el funcionamiento del lava-parabrisas.
  • Compruebe la apertura del capot delantero y trasero.

Fecha de actualización: 30 de Septiembre de 2022

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